| INGENIERIA
NAVAL Y MECANICA (PLAN 1975)
El título de
Ingeniero Naval y Mecánico capacita para:
a) Estudio, proyecto, dirección
y construcción de buques y artefactos flotantes,
incluyendo todos los servicios e instalaciones mecánicas.
b) Estudio, proyecto, dirección,
y ejecución de transformaciones y reparaciones
de buques.
c) Inspección de buques para su
reclasificación y certificación de su navegabilidad.
d) Estudio, proyecto y dirección
de astilleros y talleres navales y mecánicos.
e) Estudio, dirección, y ejecución
de salvamento y desguace de buques.
f) Estudio, proyecto, dirección
y construcción de generadores de vapor y máquinas
térmicas.
g) Estudio, proyecto, y construcción
de máquinas y mecanismos en general.
h) Estudio, proyecto, dirección
y construcción de sistemas e instalaciones para
la producción y transmisión de energía
mecánica y térmica.
i) Estudio, proyecto, dirección
y ejecución de sistemas de calefacción,
aire acondicionado y refrigeración.
j) Estudio, proyecto dirección y
construcción de sistemas e instalaciones para el
transporte y almacenaje de fluidos.
k) Asuntos de ingeniería legal,
económica y financiera relacionados con los incisos
anteriores.
l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados
con las cuestiones que se refieren los incisos a) a j).
ll) Asuntos concernientes a la higiene
y seguridad del trabajo, relacionados con los
incisos a) a j).
m) Enseñanza de los conocimientos
básicos, técnicos y científicos de
los temas contenidos en la carrera en todos los niveles,
de acuerdo con las reglamentaciones al respecto e investigación
relacionada con esos conocimientos.
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| INGENIERIA
NAVAL (PLAN 1979) El
título de Ingeniero Naval capacita para:
a) Estudio, proyecto, dirección
y construcción de buques, con todos los sistemas
que los integran.
b) Estudio, proyecto, dirección,
e instalación de plantas propulsoras y auxiliares
marinas con todos los sistemas que las integran.
c) Estudio, proyecto, dirección
y construcción, de artefactos navales de todo tipo,
incluyendo plataformas marinas para actividades fuera
e costas y estructuras y vehículos submarinos destinados
a la observación, estudio y explotación
del mar y su lecho, con todos los sistemas que les son
propios.
d) Estudio, proyecto, dirección
y ejecución de transformaciones y reparaciones
de buques y artefactos navales, con todo lo especificado
en a) b) y c).
e) Estudio y proyecto de astilleros y talleres
navales.
f) Dirección y administración
de astilleros y talleres navales.
g) Estudio, dirección y ejecución
de salvamentos de buques y artefactos navales, con todo
lo comprendido en a), b) y c).
h) Estudio, dirección y ejecución
de desguaces de buques y artefactos navales con todo lo
comprendido en a), b) y c).
i) Arbitrajes, pericias y tasaciones en
asuntos relacionados con los elementos y sistemas a que
se refieren los incisos a) a h).
j) Asuntos de ingeniería legal relacionados
con los incisos a) a h).
k) Asuntos concernientes a la higiene y
seguridad del trabajo, relacionados con los incisos a)
a h).
l) Enseñanza de los conocimientos
básicos, técnicos y científicos de
los temas contenidos en la carrera en todos los niveles,
de acuerdo con las reglamentaciones al respecto e investigación
relacionada con esos conocimientos. |
| INGENIERIA
NAVAL Y MECANICA (PLAN 1986)
El título de Ingeniero Naval y Mecánico
capacita y habilita para:
1. Dirección, administración,
estudio, proyecto y construcción de buques, incluyendo
todos los servicios, instalaciones, sistemas y equipos
que los integran y conforman.
2. Estudio, proyecto, dirección,
administración y ejecución de reparaciones,
modificaciones y/o transformaciones de buques, incluyendo
todos los servicios, instalaciones, sistemas y equipos
que los integran y conforman.
3. Dirección, administración,
estudio, proyecto, construcción, ejecución,
reparación, modificación y/o transformación
de artefactos navales de todo tipo, flotantes o no, incluyendo
las plataformas de exploración y explotación
del petróleo, los minerales y demás riquezas
y actividades en el mar exterior y/o interior, lagos y
ríos y sus lechos, con todos sus sistemas, equipos
e instalaciones que les son propios.
4. Dirección, administración,
estudio, proyecto, construcción, ejecución,
reparación modificación y/o transformación
de estructuras, artefactos y vehículos submarinos
destinados a la observación, estudio, transporte
de personas y/o cosas, exploración y explotación
del mar, lagos, ríos y sus respectivos lechos,
con todos los sistemas, equipos e instalaciones que los
integran y conforman.
5. Inspección de buques, artefactos
navales de todo tipo, flotantes o no, plataformas de exploración
y explotación del petróleo y los minerales,
estructuras, artefactos y vehículos submarinos,
para su clasificación, reclasificación y
certificación de su navegabilidad y operatividad.
6. Estudio, dirección, administración
y ejecución de salvamento, reflotamiento, extracción
y desguace de buques, artefactos navales de todo tipo,
flotantes o no, plataformas de exploración y explotación
del petróleo y los minerales, estructuras, artefactos
y vehículos submarinos.
7. Estudio, proyecto, dirección,
administración, construcción, ejecución,
instalación y reparación de generadores
de vapor, máquinas térmicas e intercambiadores
de calor, incluyendo sus sistemas, equipos e instalaciones.
8. Estudio, proyecto, dirección,
construcción, ejecución, instalación
y reparación de máquinas y mecanismos en
general.
9. Administración, estudio, proyecto,
dirección de astilleros y talleres navales y mecánicos,
excepto lo concerniente a la obra civil.
10. Estudio, proyecto, dirección,
administración, construcción, instalación
y reparación de sistemas, equipos e instalaciones
para la producción y transmisión de energía
mecánica y térmica, excepto lo concerniente
a la obra civil.
11. Estudio, proyecto, dirección,
construcción, instalación y reparación
de sistemas, equipos e instalaciones de calefacción,
aire acondicionado y refrigeración.
12. Estudio, proyecto dirección,
administración, construcción, instalación
y reparación de equipos e instalaciones de plantas
propulsoras y auxiliares marinas, con todos los sistemas,
subsistemas que las integran.
13. Estudio, proyecto, dirección,
construcción, instalación y reparación
de sistemas, equipos e instalaciones para el almacenaje
y transporte de fluidos, excepto lo concerniente a la
obra civil.
14. Asuntos de ingeniería legal,
económica, comercial y financiera y de gestión
de empresas, entidades y organismos, en todo lo relacionado
con los incisos anteriores.
15. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados
con las cuestiones, elementos y sistemas a que se refieren
los incisos 1) a 13).
16. Asuntos concernientes a la higiene
y seguridad del trabajo y la contaminación ambiental,
en todo lo relacionado con los incisos 1) a 13).
17. Enseñanza de los conocimientos
básicos, técnicos y científicos de
los temas contenidos en la carrera en todos los niveles,
de acuerdo con las reglamentaciones al respecto, y la
investigación relacionada con esos conocimientos.
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