INGENIERIA NAVAL Y MECANICA (PLAN 1975)

El título de Ingeniero Naval y Mecánico capacita para:

a) Estudio, proyecto, dirección y construcción de buques y artefactos flotantes, incluyendo todos los servicios e instalaciones mecánicas.

b) Estudio, proyecto, dirección, y ejecución de transformaciones y reparaciones de buques.

c) Inspección de buques para su reclasificación y certificación de su navegabilidad.

d) Estudio, proyecto y dirección de astilleros y talleres navales y mecánicos.

e) Estudio, dirección, y ejecución de salvamento y desguace de buques.

f) Estudio, proyecto, dirección y construcción de generadores de vapor y máquinas térmicas.

g) Estudio, proyecto, y construcción de máquinas y mecanismos en general.

h) Estudio, proyecto, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para la producción y transmisión de energía mecánica y térmica.

i) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de sistemas de calefacción, aire acondicionado y refrigeración.

j) Estudio, proyecto dirección y construcción de sistemas e instalaciones para el transporte y almacenaje de fluidos.

k) Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones que se refieren los incisos a) a j).

ll) Asuntos concernientes a la higiene y seguridad del trabajo, relacionados con los
incisos a) a j).

m) Enseñanza de los conocimientos básicos, técnicos y científicos de los temas contenidos en la carrera en todos los niveles, de acuerdo con las reglamentaciones al respecto e investigación relacionada con esos conocimientos.

 
 
INGENIERIA NAVAL (PLAN 1979)

El título de Ingeniero Naval capacita para:

a) Estudio, proyecto, dirección y construcción de buques, con todos los sistemas que los integran.

b) Estudio, proyecto, dirección, e instalación de plantas propulsoras y auxiliares marinas con todos los sistemas que las integran.

c) Estudio, proyecto, dirección y construcción, de artefactos navales de todo tipo, incluyendo plataformas marinas para actividades fuera e costas y estructuras y vehículos submarinos destinados a la observación, estudio y explotación del mar y su lecho, con todos los sistemas que les son propios.

d) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de transformaciones y reparaciones de buques y artefactos navales, con todo lo especificado en a) b) y c).

e) Estudio y proyecto de astilleros y talleres navales.

f) Dirección y administración de astilleros y talleres navales.

g) Estudio, dirección y ejecución de salvamentos de buques y artefactos navales, con todo lo comprendido en a), b) y c).

h) Estudio, dirección y ejecución de desguaces de buques y artefactos navales con todo lo comprendido en a), b) y c).

i) Arbitrajes, pericias y tasaciones en asuntos relacionados con los elementos y sistemas a que se refieren los incisos a) a h).

j) Asuntos de ingeniería legal relacionados con los incisos a) a h).

k) Asuntos concernientes a la higiene y seguridad del trabajo, relacionados con los incisos a) a h).

l) Enseñanza de los conocimientos básicos, técnicos y científicos de los temas contenidos en la carrera en todos los niveles, de acuerdo con las reglamentaciones al respecto e investigación relacionada con esos conocimientos.


 

INGENIERIA NAVAL Y MECANICA (PLAN 1986)

El título de Ingeniero Naval y Mecánico capacita y habilita para:

1. Dirección, administración, estudio, proyecto y construcción de buques, incluyendo todos los servicios, instalaciones, sistemas y equipos que los integran y conforman.

2. Estudio, proyecto, dirección, administración y ejecución de reparaciones, modificaciones y/o transformaciones de buques, incluyendo todos los servicios, instalaciones, sistemas y equipos que los integran y conforman.

3. Dirección, administración, estudio, proyecto, construcción, ejecución, reparación, modificación y/o transformación de artefactos navales de todo tipo, flotantes o no, incluyendo las plataformas de exploración y explotación del petróleo, los minerales y demás riquezas y actividades en el mar exterior y/o interior, lagos y ríos y sus lechos, con todos sus sistemas, equipos e instalaciones que les son propios.

4. Dirección, administración, estudio, proyecto, construcción, ejecución, reparación modificación y/o transformación de estructuras, artefactos y vehículos submarinos destinados a la observación, estudio, transporte de personas y/o cosas, exploración y explotación del mar, lagos, ríos y sus respectivos lechos, con todos los sistemas, equipos e instalaciones que los integran y conforman.

5. Inspección de buques, artefactos navales de todo tipo, flotantes o no, plataformas de exploración y explotación del petróleo y los minerales, estructuras, artefactos y vehículos submarinos, para su clasificación, reclasificación y certificación de su navegabilidad y operatividad.

6. Estudio, dirección, administración y ejecución de salvamento, reflotamiento, extracción y desguace de buques, artefactos navales de todo tipo, flotantes o no, plataformas de exploración y explotación del petróleo y los minerales, estructuras, artefactos y vehículos submarinos.

7. Estudio, proyecto, dirección, administración, construcción, ejecución, instalación y reparación de generadores de vapor, máquinas térmicas e intercambiadores de calor, incluyendo sus sistemas, equipos e instalaciones.

8. Estudio, proyecto, dirección, construcción, ejecución, instalación y reparación de máquinas y mecanismos en general.

9. Administración, estudio, proyecto, dirección de astilleros y talleres navales y mecánicos, excepto lo concerniente a la obra civil.

10. Estudio, proyecto, dirección, administración, construcción, instalación y reparación de sistemas, equipos e instalaciones para la producción y transmisión de energía mecánica y térmica, excepto lo concerniente a la obra civil.

11. Estudio, proyecto, dirección, construcción, instalación y reparación de sistemas, equipos e instalaciones de calefacción, aire acondicionado y refrigeración.

12. Estudio, proyecto dirección, administración, construcción, instalación y reparación de equipos e instalaciones de plantas propulsoras y auxiliares marinas, con todos los sistemas, subsistemas que las integran.

13. Estudio, proyecto, dirección, construcción, instalación y reparación de sistemas, equipos e instalaciones para el almacenaje y transporte de fluidos, excepto lo concerniente a la obra civil.

14. Asuntos de ingeniería legal, económica, comercial y financiera y de gestión de empresas, entidades y organismos, en todo lo relacionado con los incisos anteriores.

15. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones, elementos y sistemas a que se refieren los incisos 1) a 13).

16. Asuntos concernientes a la higiene y seguridad del trabajo y la contaminación ambiental, en todo lo relacionado con los incisos 1) a 13).

17. Enseñanza de los conocimientos básicos, técnicos y científicos de los temas contenidos en la carrera en todos los niveles, de acuerdo con las reglamentaciones al respecto, y la investigación relacionada con esos conocimientos.